Bueno, como parece que ese punto no está demasiado claro en el manual, y aunque a nadie de los aliados le ha surgido la duda os informo:
“Una unidad que tiene derecho de paso en el Atlántico Sur y el Pacifico Sur, puede mover al Cabo de Hornos.”
Aunque no lo pone, por lógica, si una flota no “tiene derecho de paso en el Atlántico Sur y el Pacifico Sur”, no “puede mover al Cabo de Hornos.”
Y si no puede mover a esa zona, es porque no tiene derecho de paso en ella, por lo que estaría insuministrada. En esta situación, las flotas francesas y americanas que están en el Cabo de Hornos quedarían sin suministro (si no se mueven) al final de su parte de impulso y serían internadas.
“Las unidades se rendirán si:
- Flotas que se encuentran en una Zona Marítima o área donde no tienen Derechos de Paso, durante su propia Fase de Suministro.”