Klaskan
Categoría General => General => Mensaje iniciado por: MaLkAv en 26 de Mayo de 2006, 12:17:13 pm
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Aquí os dejo un libro que está bajo licencia Creative Commons (osea, que se puede distribuir libremente) para que lo leais y lo envieis vosotros también por ahí. Es un tema muy interesante para que os informeis e informeís a vuestros conocidos.
http://media-cyber.law.harvard.edu/blogs/gems/ion/DavidBravoCopiaestelibro.zip
Un saludillo,
MaLkAv.
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De que se trata, me gustaria saber antes de bajarlo... :princess_h4h:
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Trata sobre lo derechos de la propiedad intelectual y toda la mafia que se monta con ellos, merece la pena leerlo te lo aseguro, es muy ameno y con muchas anécdotas divertidas.
Un saludillo,
MaLkAv.
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No sé si ya la habrás leído, pero esta noticia puede interesarte, ::)
http://www.consumer.es/web/es/derechos_del_consumidor/2006/05/17/152096.php
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JOJOJOJOJOJO!!! Que Buena!!
:gbxbrothers: :gbxrollin: ¡¡A por ellos!!
Un saludillo,
MaLkAv.
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Este Bravo es el que invento el CopyLeft verdad?...algo que a los musicos les interesara sobremanera.
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Que yo sepa no, este solo es experto en derechos de autor y escribe sobre ello. El Copyleft creo que no es invención suya pero quien sabe... jeje
Un saludillo,
MaLkAv.
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Le robo la noticia de su foro a un colega (por que es antigua) en aras del interes general
Por mucho que la NeoInquisición trate de taparnos la boca (desgraciadamente a algunos con mas fuerza que a otros), la ley, en teoría, sirve tanto para acusar como para defenderse. Y cito textualmente el contenido de la ley orgánica 10/1995, artículo 274:
"Será castigado con la pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro, reproduzca, imite, modifique o de cualquier otro modo utilice un signo distintivo idéntico o confundible con aquel, para distinguir los mismos o similares productos, servicios, actividades o establecimientos para los que el derecho de propiedad industrial se encuentre registrado. Igualmente, incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicho consentimiento, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquéllos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos de dicho Estado, o con su consentimiento."
Que se deduce de este ladrillo, muchas cosas, pero la mas importante y principal reside en los adjetivos Industrial y Comercial. Y dicho ésto, que cada uno saque sus conclusiones.
La mía: Haga ud. sus copias, incluso no poseyendo originales, utilícelos e incluso regale. UD NO ESTA inflingiendo la ley.
Gracias a Jorge Cortell (http://jorge.cortell.net/) quien nos despertará de este letargo cultural forzado. Por cierto, la pagina de este (a partir de ahora "mi alter ego") señor no tiene desperdicio, sobre todo el culebrón que tuvo con la UPV y su charla del "despertar cultural". Y no es un friki como yo, sino un señor que entre otras actividades, gestiona 2 empresas y dirige otra, vamos, que me imagino que sabe bien donde pisa. Ánimo, y lo mas importante, recordad, la primera siempre en la cara.
Me alegra pensar que el sentido común con que uno intenta guiarse en la vida no le convierte en carne de presidio. Aunque vaya usted a saber. Lo mismo tengo que echarme al monte. :horse-2:
Lo dicho: http://jorge.cortell.net/
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Interesante pagina azetudo :) me la guardo a ver si la echo un ojo a menudo.
Un saludillo,
MaLkAv.
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Ademas de todo lo dicho en otros mensajes....esto aun es legal o esta por verse (me refiero al CopyLeft)
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Le robo la noticia de su foro a un colega (por que es antigua) en aras del interes general
Por mucho que la NeoInquisición trate de taparnos la boca (desgraciadamente a algunos con mas fuerza que a otros), la ley, en teoría, sirve tanto para acusar como para defenderse. Y cito textualmente el contenido de la ley orgánica 10/1995, artículo 274:
"Será castigado con la pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro, reproduzca, imite, modifique o de cualquier otro modo utilice un signo distintivo idéntico o confundible con aquel, para distinguir los mismos o similares productos, servicios, actividades o establecimientos para los que el derecho de propiedad industrial se encuentre registrado. Igualmente, incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicho consentimiento, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquéllos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos de dicho Estado, o con su consentimiento."
Que se deduce de este ladrillo, muchas cosas, pero la mas importante y principal reside en los adjetivos Industrial y Comercial. Y dicho ésto, que cada uno saque sus conclusiones.
La mía: Haga ud. sus copias, incluso no poseyendo originales, utilícelos e incluso regale. UD NO ESTA inflingiendo la ley.
Gracias a Jorge Cortell (http://jorge.cortell.net/) quien nos despertará de este letargo cultural forzado. Por cierto, la pagina de este (a partir de ahora "mi alter ego") señor no tiene desperdicio, sobre todo el culebrón que tuvo con la UPV y su charla del "despertar cultural". Y no es un friki como yo, sino un señor que entre otras actividades, gestiona 2 empresas y dirige otra, vamos, que me imagino que sabe bien donde pisa. Ánimo, y lo mas importante, recordad, la primera siempre en la cara.
Me alegra pensar que el sentido común con que uno intenta guiarse en la vida no le convierte en carne de presidio. Aunque vaya usted a saber. Lo mismo tengo que echarme al monte. :horse-2:
Lo dicho: http://jorge.cortell.net/
No se que te hace pensar que este texto no castiga la apropiación de la propiedad industrial, si te lees bien el artículo creo que está bastante claro. Pero es que claro...estamos hablando de la propiedad industrial que no la intelectual. Este artículo que mencionas el 274 y el anterior 273 (que habla de las patentes). Es decir te castigan si usas comercialmente el logo del corteingles por ejemplo, o te dedicas a copiar los planos de la fresadora multifunción penetrator 2.000. La propiedad intelectual se regula en el artículo 270 y sucesivos del capitulo XI de los delitos contra la propiedad intelectual. Cuando hablamos de libros, discos, peliculas, obras de teatro, comis y demás es este el articulado a aplicar, siempre tomando como referencia la ley de propiedad intelectual.
Sigo luego
Saludos
Karnak.
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Espero gustosamente.
Mientras tanto me voy a grabar algunas cintas magnetofónicas de la radio, como hice siempre.
¡¡Me gusta vivir peligrosamente!!
:princess_h4h:
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Espero gustosamente.
Mientras tanto me voy a grabar algunas cintas magnetofónicas de la radio, como hice siempre.
¡¡Me gusta vivir peligrosamente!!
:princess_h4h:
Juas...flor de aparato debes tener!!!!..aaappp fijate que la cinta este tirante, no valla a ser que se te arme una galleta gigante.
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¡Una joya de aparato, tu!
Y seguire utilizandolo mientras se fabriquen boligrafos (alias birome) de perfil "cuadrado" que rebobinan tan bien las cintas.
Además, como los CDs en españa tienen un impuesto anti-revolucionario que inexplicablemente cobra una sociedad privada llamada SGAE que supuestamente representa los intereses de algunos autores y editores, pues se queda uno más tranquilo usando cintas.
Imagino que las cintas tambien sean victimas de este abuso, pero ojos que no ven...
En fin... que si nos quieren hacer volver a la edad de piedra, digo yo que lo mejor será ir aclimatándose. :club:
:icon_albino:
Saludazos.
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Weeppp Az!!! cavernicolaaaa, si me dices que te gustan los discos, puedo llegar a entenderlo, pero esos aparatos ochentosos suenan mal muy mal...y el cd...bue...pero es mucho mas comodo...si yo tambien usaba las biromes para rebobinar y no gastar pilas...que risa, mira lo que me haces acordar...juas.
Bienvenidos a Cavernicolandia!!!
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¡Una joya de aparato, tu!
Además, como los CDs en españa tienen un impuesto anti-revolucionario que inexplicablemente cobra una sociedad privada llamada SGAE que supuestamente representa los intereses de algunos autores y editores, pues se queda uno más tranquilo usando cintas.
Imagino que las cintas tambien sean victimas de este abuso, pero ojos que no ven...
Saludazos.
Las cintas de audio y de video también pagan el canon a la sgae, pero creo que la cuota (impuesto revolucionario) es menor.
Saludos
Karnak.
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Espero gustosamente.
Mientras tanto me voy a grabar algunas cintas magnetofónicas de la radio, como hice siempre.
¡¡Me gusta vivir peligrosamente!!
:princess_h4h:
Az aqui te refieres al DAT o al Cassette o a la cinta abierta (en esa que soliamos grabar antaños)...porque si es el DAT debo retrotaerme por consecuencias que han sucedido a la hora de Remasterizar el disco.
Wuuuiiii Wuiiii
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¿DAT?... ¿¿Cassette??... ¿¿¿Cinta Abierta???... ¿¿¿¿Retrotraerme????...
mmmmm.... nu se... la de toda la vida. :dontknow:
Esa que cuando te quedas sin pilas escuchando a Britney Spears, parece que empieza a decirte : "Luuuuuke.... Sooooouuuuuy tuuuuuu paaaaadreeeeeee". :luke:
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Juaaa
Satanicoooo!!!!, no sabes que Britney pertenece a la secta de las canciones con mensajes ocultos???
Llama a un exorcista inmediatamente puede que estes poseido y no puedas salir de ello!!!
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...veo que los satanicos estan desviando el tema principal....por eso
http://creativecommons.org/licenses/by/2.5/ar/legalcode
Les dejo la licencia CopyLeft, esta claro y facil...para que se saquen las dudas, porque hay varias opciones a elegir.