Autor Tema: 1892  (Leído 102039 veces)

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Isondel

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Re: 1892
« Respuesta #60 en: 29 de Enero de 2009, 05:35:43 pm »
Alemania asistirá (pero no así Austria-Hungría en protesta por la declaración de guerra británica) y no vetaremos ni a americanos ni a japoneses.

Por otro lado, una pregunta... ¿Si en el Congreso se puede llegar a un acuerdo sobre la guerra anglo-germana, se firma la paz (aunque la TE acumulada se entiende que ya no se reduce)?.

La guerra es ya irreversible y comenzará al acabar el Congreso de Europa. No obstante, entiendo que se podría llegar a un acuerdo para que se produzca un acuerdo de paz nada más comenzar.

Josepatri

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Re: 1892
« Respuesta #61 en: 29 de Enero de 2009, 05:58:46 pm »
Francia no veta a nadie.

Nofueleon I
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Laresial

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Re: 1892
« Respuesta #62 en: 29 de Enero de 2009, 07:54:08 pm »
Italia no veta a nadie.
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Isondel

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Re: 1892
« Respuesta #63 en: 29 de Enero de 2009, 08:17:20 pm »
Italia no veta a nadie.


¿Y acude o no al Congreso?

Laresial

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Re: 1892
« Respuesta #64 en: 29 de Enero de 2009, 08:24:33 pm »
Si si
Acude al Congreso como no, encantado del "Dialogo de Civilizaciones..."
Un saludo.
Victor Enmanuelle II, Rey de Italia por la Gracia de dios...
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Re: 1892
« Respuesta #65 en: 30 de Enero de 2009, 12:37:21 am »
La guerra es ya irreversible y comenzará al acabar el Congreso de Europa. No obstante, entiendo que se podría llegar a un acuerdo para que se produzca un acuerdo de paz nada más comenzar.


Entiendo que en todo caso el “acuerdo” se puede alcanzar como negociación privada entre las dos Potencias beligerantes, aunque el público de ambas naciones nunca llegarían a entender como gobernantes serios se permiten el lujo de movilizar a sus hijos, vestirlos de combate y enviarlos a tierras lejanas para que luego los politicuchos de turno lleguen a un acuerdo sobre que tierras repartirse entre ellos cuando se podría haber evitado ese susto a todas esas pobres madres neghociando antes de declarar la guerra (vamos, que aunque el reglamento lo permite, yo no lo veo con buenos ojos, pero en fin, es la opinión de un espectador  :harp-1: ).

En cualquier caso, y esto sí es ley, los asistentes al Congreso de Irkutsk han sido convocados para dilucidar únicamente sobre el problema de Sudán entre Gran Bretaña y Francia. Del problema en Uganda entre Alemania y Gran Bretaña han sido expresamente vetados por la declaración de guerra de esta última…

Lo digo mas que nada para evitar que nadie durante el CdE se lance a efectuar propuestas sobre un tema que al CdE en nada atañe  ;)


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Ailet

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Re: 1892
« Respuesta #66 en: 30 de Enero de 2009, 12:54:53 am »
Mientras esperamos que el resto de las potencias confirme su asistencia al CdeE voy a debatir con el presi. Yo etoy muy bien con a guerra, pero igualmento creo que es bueno aclarar esto. Dices que no se pueden proponer cosas que no sean de Sudán, pero el reglamento hasta pone un ejemplo que contradice lo que afirmas.


En cualquier caso, y esto sí es ley, los asistentes al Congreso de Irkutsk han sido convocados para dilucidar únicamente sobre el problema de Sudán entre Gran Bretaña y Francia. Del problema en Uganda entre Alemania y Gran Bretaña han sido expresamente vetados por la declaración de guerra de esta última…

Lo digo mas que nada para evitar que nadie durante el CdE se lance a efectuar propuestas sobre un tema que al CdE en nada atañe  ;)

Cito del reglamento...
Un Congreso de Europa es, esencialmente, una forma de imponer una solución a dos Potencias que no han sido capaces de resolver su CB durante la Fase de Negociaciones.

Durante un Congreso, cualquier miembro del mismo puede proponer uno o más Tratados que resuelvan el/los Casus Belli existentes, enviando sus propuestas al Foro. Las propuestas deben realizarse de tal forma que, una vez sea aprobada una resolución, no quede ningún marcador sobre el mapa ilegalmente colocado. Puede incluir cláusulas que no tengan relación con los CB pendientes. Sin embargo, esas cláusulas no son vinculantes, y no producen Casus Belli si el Poder afectado no tenía CB pendientes y rechaza la firma del Tratado. Sin embargo, si firma, las cláusulas entran en efecto.

Ejemplo: Se convoca un Congreso por la disputa entre Gran Bretaña, Alemania y Bélgica sobre el Congo; se reúnen en Francia y todos los Poderes Europeos asisten. Rusia propone un Tratado que establece un Condominio anglo-alemán en el Congo, reduciendo Bélgica a Interés, y también requiriendo de Francia un Condominio con Rusia en Indochina (donde no hay actualmente conflicto). Los Poderes Europeos aprueban unánimemente el Tratado, y todos lo firman; Francia rechaza firmarlo. La situación en Indochina no cambia y ningún Poder tiene Casus Belli contra Francia.


Por lo que yo entiendo si que se podría proponer cosas sobre Uganda ya que esta situación cumple con la definición de los que es un CdeE según la reglas: Un Congreso de Europa es, esencialmente, una forma de imponer una solución a dos Potencias que no han sido capaces de resolver su CB durante la Fase de Negociaciones, situación en la que están UK y Alemania. Ahí no dice nada de si están o no en guerra.

Si además de las reglas puras queremos interpretar el sentido de un CdeE, esta es una instancia donde los líderes se sientan a zanjar sus disputas de manera pacífica. Si dos o más acuden estando en guerra lo lógico es que ese sea uno de los principales temas de debate, aunque no haya sido la causa de que se convocara el CdeE. Haciendo un paralelismo con el presente, es como si se reuniese la ONU y hablaran de cualquier cosa excepto de la guerra israelí-palestina en Gaza.
« Última modificación: 30 de Enero de 2009, 01:46:13 am por Ailet »

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Re: 1892
« Respuesta #67 en: 30 de Enero de 2009, 01:29:53 am »
El CB de Uganda "no existe". Dejó de existir en el momento que hubo una declaración de guerra (el CB se solucionará mediante la guerra y ningún otro sistema).

Por supuesto, cualquier asistente al CdE puede realizar las propuestas que desee, siempre que solucione todos los CBs por los que ha sido convocado, y esas propuestas pueden incluir cualquier tipo de cláusulas incluso si nada tienen que ver con los CBs a solucionar (siempre y cuando incluyan también una solución a los mismos) como parte de esa solución.

Las Potencias con CB están obligadas a aceptarlas (si el Congreso las aprueba) o desafiar la resolución del Congreso. Las Potencias sin CB no están obligadas y no provocan CB por ello si no firman el Acuerdo.

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Re: 1892
« Respuesta #68 en: 30 de Enero de 2009, 01:39:14 am »
El CB de Uganda "no existe". Dejó de existir en el momento que hubo una declaración de guerra

Precisamente pq no existe es que alguien podría proponer algo en ese lugar. Cito del reglamento: Puede incluir cláusulas que no tengan relación con los CB pendientes.

En el ejemplo del reglamento uno de los jugadores propone un condominio en la región con CB (Congo, Sudán sería en nuestro caso)  y otro en Indochina (donde no hay CB como sucede en Uganda).

Si todos firman se cambian los correspondientes marcadores en Sudán y Uganda. Tras el CdeE comienza la guerra, nadie dice que haya terminado, salvo que exista una paz negociada.

En caso de que los afectados en Uganda no firmen, nadie tendría CB contra ellos por ese motivo (aunque si podrían tenerlo por Sudán en el caso de UK).
« Última modificación: 30 de Enero de 2009, 01:43:58 am por Ailet »

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Re: 1892
« Respuesta #69 en: 30 de Enero de 2009, 01:53:58 am »
Efectivamente (creo que ya lo había explicado arriba). “alguien podría proponer algo en ese lugar”, o sobre Argentina, Manchuria, Papua, Corea o Australia, por decir algunos ejemplos…

Lo importante, es la última parte del párrafo: “Sin embargo, esas cláusulas no son vinculantes, y no producen Casus Belli si el Poder afectado no tenía CB pendientes y rechaza la firma del Tratado. Sin embargo, si firma, las cláusulas entran en efecto.”

Solo GB y Francia tienen CBs pendientes, a efectos del Congreso.




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Re: 1892
« Respuesta #70 en: 30 de Enero de 2009, 01:56:29 am »
...ahorta sí que estamos de acuerdo  :napoleon:

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Re: 1892
« Respuesta #71 en: 30 de Enero de 2009, 01:56:42 am »
Rusia no veta a nadie.
Francia en diplomacia 2000 - Dracominia
EE.UU. en Pax Britannica - Laponia
Como no tengo ninguna virtud... estoy perfeccionando varios vicios.

Isondel

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Re: 1892
« Respuesta #72 en: 30 de Enero de 2009, 01:44:02 pm »
Faltan de confirmar USA y Japón si acuden. Les damos de plazo hasta esta noche a las 24:00 GMT y si no indican lo contrario entenderemos que SI acuden.

A partir de ese momento, todos los asistentes podéis empezar a publicar propuestas. El plazo para enviar propuestas finalizará el lunes 2 de febrero a las 21:00 GMT.

Lord_Alce

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Re: 1892
« Respuesta #73 en: 30 de Enero de 2009, 04:11:12 pm »
A Sus Distinguidas Señorias:
Especialmente contentos de no haber sido esta vez vetados, los Estados Unidos de America acuden al Congreso de Europa, sabedores de que tienen mucho que decir.
Atentamente,
Trevor Hodges.
Todo pr?ncipe debe desear que le consideren piadoso y no cruel; sin embargo, tiene que procurar no usar mal la piedad.

Trencavel

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Re: 1892
« Respuesta #74 en: 30 de Enero de 2009, 05:46:14 pm »
Alemania hace la primera propuesta:

- Francia tendrá en exclusiva los derechos sobre Sudán y no podrá, en ningún momento, compartirlos en condominio con el reino de la Gran Bretaña.
Facción Trencavelus (I y II República de Roma)
Gran Bretaña, Alemania y Francia (PB - India, Jutlandia y Kent)
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